Controlamos la emisión de recibos de renta con el carácter periódico que se haya estipulado, así como aquéllas otras cantidades que sean exigibles al arrendatario (I.B.I., cuotas de comunidad, agua, luz, etc). Para la gestión de cobro de recibos utilizamos habitualmente la domiciliación bancaria de los mismos, adaptándonos a la normativa del Consejo Superior Bancario y a la cambiante legislación en esta materia.